En anterior artículo informé que mediante sentencia del 5 de febrero
de 2014, la Juez Administrativa de Oralidad de Girardot, negó las pretensiones
de la demanda que interpuso un ciudadano con la finalidad de que se decretara
la nulidad del Acuerdo No. 11 de 2011, que creó la Secretaría de Movilidad de
Fusagasugá, en otras palabras, se quería cerrar esta oficina municipal con lo
cual sus funciones serían asumidas por la Gobernación.
Ahora bien, tanto la parte demandante como el Departamento de
Cundinamarca en su calidad de coadyuvante, presentaron recurso de apelación
contra el fallo de primer grado, con el ánimo de revocar la decisión y se
ordenara cerrar la oficina de movilidad. No obstante, el Tribunal
Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, dispuso confirmar la decisión
mediante sentencia del pasado 30 de julio de los corrientes por lo que las
cosas continuarán incólumes.
Para el Departamento de Cundinamarca, la Secretaria de Movilidad no
contó al momento de su creación con el estudio (reciente) y previo que
exige el artículo 12 de la Ley 53 de 1989, y que debe emitir la Oficina de
Planeación Departamental, por lo que, se debe anular su creación por no cumplir
con las previsiones legales.
Sin embargo y por fortuna, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
acogió los argumentos que planteó el municipio de Fusagasugá al contestar la
demanda, según los cuales, sí se contó con el concepto previo emitido el 19 de
marzo de 1999 por parte de Planeación Departamental, sin que importara su
fecha de expedición, por lo tanto, la creación del organismo de tránsito
cumplió con las previsiones legales para su funcionamiento, situación que por
demás fue aceptada y avalada por el Ministerio de Transporte al momento de
clasificar a la Secretaria como organismo de tránsito categoría tipo “A”.
Conforme lo dispuso la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, se
concluye, que la Secretaría de Movilidad goza del principio de legalidad para
su funcionamiento, con lo cual el municipio continuará ejecutando sus funciones
y recaudando recursos importantes para la segunda ciudad más importante del
departamento.
Álvaro París Barón
Abogado especialista en derecho administrativo
http://www.alvaroparis.blogspot.com/
Fusagasugá
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